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Respuesta: El tema del estatus jurídico del embrión y, particularmente, la definición sobre si debe o no ser equiparado con la persona humana, presenta un alto grado de complejidad para el derecho, de modo tal que no resulta aventurado afirmar que es uno de los problemas que parecen estar condenados a ser irresolubles, dada la imposibilidad de alcanzar un consenso básico.
Es representativo de ello que en la mayoría de los países sea frecuente que, ante la designación de un nuevo integrante de las Cortes Supremas o de los Tribunales Constitucionales, la opinión pública y los políticos que intervienen en la designación atiendan más a la postura personal que sobre el tema tiene la persona propuesta para el cargo, que a sus méritos personales, y que sea un hecho indiscutible que a nivel mundial las sentencias de las Cortes Supremas o Tribunales Constitucionales que mayormente han sido analizadas, discutidas y difundidas sean aquellas que contienen un pronunciamiento sobre la naturaleza jurídica del embrión (o, en su caso, del feto), ya sea reconociendo que es equiparable a la persona humana o que tan sólo se trata de un bien jurídicamente tutelado, lo que ha determinado que esta clase de tribunales sean clasificados como conservadores o liberales, atendiendo a su toma de posición en la materia.
Como es lógico suponer, México no ha escapado a este conflicto, aunque dicho sea de paso, hasta hace pocos años la discusión había sido más ideológica que jurídica, ya que el problema no había sido planteado ante los tribunales.
Prima facie es válido postular que en nuestro orden jurídico no se le reconoce al embrión el carácter de persona, ya que en la Constitución federal no existe una disposición que permita concluir lo contrario.
Explicación: espero que te ayude dale me gusta y coronita
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respondido por ''Milisavi200710''