Respuestas
Respuesta dada por:
1
Respuesta:
La razón de permanencia se justifica en cuanto las servidumbre son excepciones a la prohibición de vinculaciones a la propiedad; por tanto, se trata de un freno a los gravámenes que no merezcan la condición de reales.
Explicación:
Espero que ayude......UwU
Preguntas similares
hace 3 años
hace 3 años
hace 6 años
hace 6 años
hace 8 años
hace 8 años