Busca en la ley 40/2015, de 1 de Octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y enumera las funciones de un ministro. Destaca 3 que te hayan llamado la atención y comentalos

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Respuesta dada por: jp2771450
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Respuesta:

Explicación:

Se regulan por último en este Título los fondos carentes de personalidad jurídica del

sector público estatal, figura cuya frecuente utilización demandaba el establecimiento de un

régimen jurídico, y que deberán crearse por ley.

VI

El Título III establece un régimen completo de las relaciones entre las distintas

Administraciones Públicas, que deberán sujetarse a nuevos principios rectores cuya última

ratio se halla en los artículos 2, 14 y 138 de la Constitución, como la adecuación al sistema

de distribución de competencias, la solidaridad interterritorial, la programación y evaluación

de resultados y el respeto a la igualdad de derechos de todos los ciudadanos.

Siguiendo la jurisprudencia constitucional, se definen y diferencian dos principios clave

de las relaciones entre Administraciones: la cooperación, que es voluntaria y la coordinación,

que es obligatoria. Sobre esta base se regulan los diferentes órganos y formas de cooperar y

coordinar.

Se desarrollan ampliamente las técnicas de cooperación y en especial, las de naturaleza

orgánica, entre las que destaca la Conferencia de Presidentes, que se regula por primera

vez, las Conferencias Sectoriales y las Comisiones Bilaterales de Cooperación. Dentro de

las funciones de las Conferencias Sectoriales destaca como novedad la de ser informadas

sobre anteproyectos de leyes y los proyectos de reglamentos del Gobierno de la Nación o de

los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas, cuando afecten de manera

directa al ámbito competencial de las otras Administraciones Públicas o cuando así esté

previsto en la normativa sectorial aplicable. Con ello se pretende potenciar la planificación

conjunta y evitar la aparición de duplicidades.

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