¿Que entiendes por acción social y acción individual?
Anónimo:
Dentro de la misma, la acción individual (art. 241 LSC) es aquella que puede ser ejercida por el particular que haya sido directamente perjudicado por la actuación del administrador, a diferencia de la acción social, que es la que ejerce la sociedad, la propia persona jurídica
Respuestas
Respuesta dada por:
5
Respuesta:
Accion individual
Explicación:
Responsabilidad de los administradores Diferenciación entre acción social
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