• Asignatura: Musica
  • Autor: lalapina75
  • hace 4 años

quienes
promulgaron las primeras leyes sobre ruido.​

Respuestas

Respuesta dada por: carritorapiditoflash
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Respuesta:

Las Leyes de Reforma fueron un conjunto de leyes promulgadas en México entre 1855 y 1863, durante los gobiernos de Juan Álvarez, Ignacio Comonfort y Benito Juárez. El objetivo principal de estas leyes era la separación de la Iglesia y el Estado

Respuesta dada por: enospaez
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LEGISLACIÓN LABORAL

En nuestro país existen dos leyes laborales que incluyen in extenso la cuestión del ruido: la Ley Nº 19.587/72, de Higiene y Seguridad en el Trabajo, con su decreto reglamentario Nº 351/79, y la reciente Ley Nº 24.557/95, de Riesgos del Trabajo, que va acompañada por los decretos reglamentarios Nº 170/96 y Nº 333/96, la resolución Nº 38/96 SRT y el laudo Nº 156/96 MTSS. Estas leyes protegen directa o indirectamente al trabajador y establecen límites de exposición diaria.

En el Decreto Nº 351/79, que reglamenta a la ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo, se introduce el concepto de Nivel Sonoro Continuo Equivalente (NSCE) como el nivel sonoro de un ruido constante a lo largo de la jornada laboral con igual energía total que el ruido real y variable al que está sometido el trabajador. Esto está relacionado con la teoría de que bajo ciertas condiciones, el daño auditivo está en proporción con la energía sonora total recibida acumulativamente. Según el decreto Nº 351/79, el máximo NSCE admisible es de 90 dBA para una jornada laboral de 8 horas. Esto implica que se toleran 90 dBA continuos durante 8 horas, o bien 93 dBA durante 4 horas, o bien 96 dBA durante 2 horas, etc., vale decir que se admite un aumento del nivel sonoro de 3 dBA por cada reducción a la mitad del tiempo de exposición. Este límite implica en realidad que al cabo de 20 años de actividad laboral un 22 % de los expuestos experimentarán déficit auditivo irreversible (según lo indicado en la recomendación internacional ISO R 1999/70). Reconociendo este hecho, este decreto impone un límite de precaución de 85 dBA. Por encima de este nivel sonoro, deben realizarse exámenes audiométricos periódicos a todos los expuestos, y en caso de notarse un aumento del umbral, el trabajador deberá obligatoriamente utilizar protectores auditivos. De persistir la tendencia a aumentar el umbral, debe ser transferido a otras tareas menos ruidosas.

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