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REGLAMENTO CONSEJO ESTUDIANTIL
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. El presente ordenamiento tiene como objeto establecer y regular la
estructura, funcionamiento, responsabilidades y procesos electorales del Consejo
Estudiantil Universitario (CEU); y el Consejo Estudiantil de la Escuela Preparatoria
(CEEP), ambos de la Universidad La Salle Cuernavaca y que constituyen los
organismos de participación máxima y mayoritaria de los alumnos de dicha
institución.
ARTÍCULO 2. Las reformas y aprobación a este reglamento competen única y
exclusivamente al Consejo General, por unanimidad.
ARTÍCULO 3. La interpretación del presente reglamento y su aplicación, se hará
atendiendo en principio al sentido gramatical, la interpretación por analogía y
mayoría de razón, así como los principios generales del derecho, buscando
siempre la equidad en la aplicación de la norma.
CAPÍTULO II
DE LAS FUNCIONES
ARTÍCULO 4. Los Consejos Estudiantiles tienen como funciones:
I. Representar al estudiantado de la Universidad La Salle Cuernavaca,
velando por sus intereses ante cualquier autoridad universitaria. El CEU y
CEEP, tendrán voz y voto ante el Consejo Universitario.
II. Colaborar corresponsablemente con las autoridades de la Universidad en
todas aquellas actividades que tiendan a la superación de la Institución en
cumplimiento de sus fines.
III. Representar a los alumnos de la Universidad La Salle Cuernavaca ante
organismos similares y otras instituciones.
IV. Fomentar la comunicación de la comunidad universitaria en todos sus
niveles, promoviendo todo aquello que contribuya a su desarrollo.
V. Rendir de manera periódica informe de actividades.