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Considerando las anteriores normas y los criterios médicos, nuestra opinión es que DEBEN CONTARSE COMO PERIODO DE LACTANCIA LOS 6 MESES A PARTIR DEL NACIMIENTO DEL NACIMIENTO DEL HIJO DE LA TRABAJADORA Y LA OBLIGACIÓN PATRONAL CONCLUYE CUANDO CUMPLE SEIS MESES DE EDAD
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may095:
el nombre
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