Respuestas
Respuesta:
ARTICULO 184. De los incentivos para un mejor servicio. Con el fin de obtener calidad y eficiencia en la provisión de los servicios de salud contemplados por la Ley, se aplicarán sistemas de incentivos a la oferta de servicios dirigidos al control de costos, al aumento de productividad y a la asignación de recursos utilizando criterios de costo-eficiencia. De la misma manera, se aplicarán sistemas de incentivos la demanda con el fin de racionalizar el sistema de referencia y contrarreferencia de pacientes, ampliar el conocimiento y manejo del sistema de parte de los beneficiarios y promover un servicio de mayor calidad al usuario.
CAPITULO II
DE LAS INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD
ARTICULO 185. Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud. Son funciones de las
Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud prestar los servicios en su nivel de
atención correspondiente a los afiliados y beneficiarios dentro de los parámetros y
principios señalados en la presente Ley.
Hoja 88 de 132
LEY NUMERO 100 DE 1993
Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan o