Respuestas
Respuesta:
La relación conflictiva entre integración y Constitución nace tempra-
namente con el surgimiento de las Comunidades europeas a causa del
conflicto entre la dinámica de la integración, fundada en un límite a la
soberanía de los Estados, y la constitucional, destinada a la regulación
organizativa y la determinación de los derechos. Las cláusulas constitu-
cionales de apertura ofrecían el marco para la cesión de competencias
en los procesos de integración sin que se entendiera que se trataba de un
cheque en blanco en favor de instituciones supranacionales.
La solución de la tensión se resuelve con la distinción entre jerarquía y
aplicación, la reducción de los ámbitos supranacionales a las competen-
cias explícitamente cedidas en el marco constitucional, y el mantenimien-
to de la Constitución como norma de normas. De esta manera el derecho
comunitario puede gozar de primacía sobre la Constitución en cuanto
a su aplicación, pero la legitimidad del derecho comunitario, en última
instancia, reside en la propia Constitución. Se soluciona así el posible
conflicto entre derechos constitucionalmente protegidos e integración.
Palabras clave: jerarquía; aplicación; integración; primacía; derechos;
Constitución democrática