¿Que pienzan los capitalistas de la posecion de la tierra ?

Respuestas

Respuesta dada por: mateo4260
1

Respuesta:La propiedad de la tierra: renta y tamaño de la tierra

Anterior

Siguiente

[E]l capital, no sólo como productor de sí mismo […], sino al mismo tiempo como creador de valores, debe poner una forma de riqueza o un valor específicamente diferente del capital. Esa forma es la renta de la tierra. Constituye el único caso en el cual el capital crea un valor diferente del propio capital, de su propia producción. (Marx 1857-58a, 217)

1. Introducción

Al comienzo de esta investigación hemos descubierto al terrateniente como un sujeto social distintivo de la producción social y, por tanto, de la producción agraria en particular. A su vez, hemos visto que, al igual que el resto de los sujetos sociales, su accionar estaba determinado específicamente por el tipo particular de mercancía que tenía a su cargo personificar, en este caso, por la propiedad sobre la tierra. Por su parte, en el capítulo anterior hemos agotado el análisis correspondiente al movimiento del capital en su forma pura, es decir, sin tomar en consideración su vinculación con la propiedad de la tierra. De este modo, el análisis del capital aún resultaba insuficiente para dar cuenta del movimiento concreto del capital agrario en toda su complejidad. Por consiguiente, para avanzar en la investigación sobre las relaciones sociales específicas que estructuran la producción agraria se impone detenernos en el análisis de esta relación social particular que es la propiedad de la tierra. En la medida en que con el análisis de la propiedad de la tierra nos acercamos más a las particularidades que caracterizan a la producción agraria, vamos a detenernos más en los debates que se han desarrollado en la literatura especializada.

La primera cuestión que suscita el análisis de la propiedad de la tierra es cómo se explica que la misma sea portadora de un valor de cambio, esto es, que posea la capacidad para atraer al dinero. Al respecto, veremos que, a pesar de que en este caso la forma jurídica antecede a la forma económica, no es posible explicar la primera sin antes explicar la segunda. Bajo esta perspectiva, la existencia de un valor de cambio de la propiedad de la tierra se explica sobre la base de la relación mercantil y, por ende, de la acumulación de capital. En consecuencia, se descartan las lecturas que reclaman la existencia de relaciones sociales no capitalistas para explicar la propiedad de la tierra y, por ende, el comportamiento del terrateniente.

Explicación:

Preguntas similares