ME AYUDAN POR FAAA.
El ministerio de educación de Colombia, define gobierno escolar como la autoridad principal de la institución educativa, en concordia con el artículo:
A. 25 del derecho 1860 de 1994.
B. 18 de la resolución 23-31 del 2001
C. 25 del artículo 30 de 2021
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Respuesta:
Artículo 19. Obligatoriedad del Gobierno Escolar. Todos los establecimientos educativos deberán organizar un gobierno para la participación democrática de todos los estamentos de la comunidad educativa, según lo dispone el artículo 142 de la Ley 115 de 1994.
nathaliasastoque2016:
es la A
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