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Respuesta dada por:
1
Respuesta:
Que la norma constitucional en su artículo 66 numeral 8 reconoce y garantiza a las personas: “[…] El derecho a practicar, conservar, cambia, profesar en público o en privado, su religión o sus creencias, y a difundirlas individual o colectivamente, con las restricciones que impone el respeto a los derechos.
Explicación:
espero que te haya ayudado
angelyadielrodruez12:
nada
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