Respuestas
Explicación:
Artículo 27.- La propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad privada.
artículo 50.- La religión de la nación mexicana es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana. La nación la protege por leyes sabias y justas y prohíbe el ejercicio de cualquiera otra. De la forma de gobierno de la nación, de sus partes integrantes y división de su poder supremo.
Artículo 51. - La Cámara de Diputados se compondrá de representantes de la Nación, electos en su totalidad cada seis años. Por cada diputado propietario se elegirá un suplente.