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Si, de acuerdo a la Ley 25 de 1992 los matrimonios religiosos tendrían plenos efectos jurídicos personales y matrimoniales.
Explicación:
Efectos personales:son los derechos y las obligaciones que se generan entre los conyuges.
*cohabitación :los conyuges vivan juntos compartiendo
*fidelidad: los cónyuges deben abstenerse a tener relaciones sexuales con una persona distinta a su cónyuge.
*socorro: subvenir las necesidades domesticas.
*ayuda: se trata de apoyo moral, el respaldo y la asistencia que se dan los conyuges en todas las circunstancias de la vida.
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