• Asignatura: Historia
  • Autor: vkooknamjin
  • hace 4 años

Según el inc. 19 del artículo 75, ¿qué deben garantizar las leyes educativas?


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Respuestas

Respuesta dada por: robertopalomo181
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Respuesta:

Toda persona tiene derecho a la educación. Los objetivos de la educación incluyen el pleno desarrollo y la dignidad de cada persona, la capacidad de participar de manera efectiva en la sociedad y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos. La educación es importante en sí misma y a menudo es también un derecho humano “multiplicador”, del mismo modo en que el grado de acceso a la educación influye en el nivel de disfrute de otros derechos humanos.

El derecho a la educación implica requisitos específicos en los diferentes niveles de educación. La enseñanza primaria debe ser obligatoria y gratuita para todos, lo que implicará consideraciones de costos directos e indirectos relacionados con la educación. La naturaleza obligatoria de la enseñanza primaria protege contra violaciones de este derecho por parte de los padres o de los gobiernos, elimina la discriminación basada en los ingresos y acaba con los incentivos para la falta de asistencia. Los Estados deben elaborar un marco nacional que amplíe y mejore progresivamente el sistema educativo y que sucesivamente introduzca la educación gratuita en los demás niveles, como el secundario, superior y educación fundamental.

Todo Estado debe respetar el derecho a la libertad de enseñanza. Esto incluye el respeto a las convicciones religiosas y morales de los niños y los padres, el derecho de los padres o tutores legales de escoger escuelas privadas para sus hijos, y la libertad para establecer instituciones educativas privadas, siempre y cuando se ajusten a las normas nacionales de planes de estudio y admisiones.

En su Observación General 13(link is external), el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU (CDESC) proporcionó directrices detalladas a los Estados con respecto a sus obligaciones de respetar, proteger y garantizar el derecho a la educación. El Comité también señaló que el derecho incluye las siguientes características esenciales e interrelacionadas:

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