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ART.12: Publicidad y mercadeo de alimentos y bebidas en
medios de comunicación. El Ministerio de la Protección Social a
través del Invima creará una sala especializada, dirigida a regular,
vigilar y controlar la publicidad de los alimentos y bebidas, con
criterios de agilidad y eficiencia operativa en su funcionamiento,
buscando la protección de la salud en los usuarios y en especial de
la primera infancia y la adolescencia, teniendo en cuenta lo establecido
por la Organización Mundial de la Salud - OMS con respecto
a la comercialización de alimentos en población infantil.
si se cumple, porque si se venden alimentos por medios de comunicacion
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