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Un colegio profesional es una corporación de derecho público. Eso quiere decir que es una
institución peculiar, porque por su naturaleza ejerce funciones público-privadas. Al constituirse
como tales, los colegios profesionales se sitúan entre la Administración, los/as colegiados/as y los /as
clientes/as, usuarios/as y pacientes, las entidades sociales y las empresas.
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