Es un gran avance en nuestro país, especialmente por las innumerables quejas ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en las que se denunciaban actos de tortura infligidos por personas servidoras públicas.
Respuestas
Respuesta:
En el artículo 102, apartado B, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se prevé que el Congreso de la Unión y las legislaturas de las entidades federativas, en el ámbito de sus respectivas competencias, establezcan organismos de protección de los derechos humanos que ampara el orden jurídico mexicano, para que conozcan de quejas en contra de actos u omisiones de naturaleza administrativa provenientes de cualquier autoridad o persona servidora pública, con excepción de los del Poder Judicial de la Federación, que violen estos derechos. Además indica que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos conocerá de las inconformidades que se presenten en relación con las recomendaciones, acuerdos u omisiones de los organismos equivalentes en las entidades federativas.
Explicación:
no se si es la respuesta que querias pero espero ayudar