caracteristicas del comerciante en mexico

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Respuesta dada por: mirelluscu1
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De acuerdo con el artículo 30 del Código de Comercio, reputan comerciantes las personas que, teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, hacen de él su ocupación ordinaria; las sociedades constituidas conforme a las leyes mercantiles; y las sociedades extranjeras o las agencias o sucursales de éstas que ejerzan actos de comercio dentro del territorio nacional. Como se ve, el Código de Comercio distingue entre dos tipos de comerciantes, los individuales y los colectivos y establece para la atribución de tal carácter criterios diversos; así en cuanto a los comerciantes individuales, se basa en un criterio material, como lo es el hacer del comercio su ocupación ordinaria; en cuanto a las sociedades, distingue si se trata de sociedades mexicanos, a las que les aplica un criterio estrictamente formal (que se constituyan conforme a las leyes mercantiles) de las sociedades extranjeras o agencias o sucursales de éstas para las cuales establece un criterio mixto, consistente, por una parte, en que reúnan los requisitos exigidos por las leyes de las que son nacionales para considerarse como sociedades y, por la otra, que realicen actos de comercio en el territorio nacional.

Desarrollo

1. Comerciantes individuales. En cuanto se refiere al comerciante individual, éste obviamente debe tener capacidad de ejercido y realizar, según acepta la doctrina en forma unánime, actos de comercio de manera habitual independientemente de que esa sea o no su ocupación ordinaria o principal. Pero además, hay que señalar que de conformidad con los artículos 3° y 75 del Código de Comercio, el concepto de comerciante es genérico, pues comprende a los mercaderes, arrendatarios, constructores, fabricantes, banqueros y demás personas que en forma habitual realizan actos considerados como de comercio por el artículo 75. Ello a nuestro modo de ver, requiere una somera explicación. En efecto, consideramos

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