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Defensa integral, a los fines de esta Ley, es el conjunto de sistemas, métodos, medidas y acciones de
defensa, cualesquiera sean su naturaleza e intensidad, que en forma activa formule, coordine y ejecute el Estado
con la participación de las instituciones públicas y privadas, y las personas naturales y jurídicas, nacionales o
extranjeras, con el objeto de salvaguardar la independencia, la libertad, la democracia, la soberanía, la integridad
territorial y el desarrollo integral de la Nación.
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