la constitución reconoce la división de poderes entre?
ayuda porfis ​

Respuestas

Respuesta dada por: jenniferyelinarojasg
5

Respuesta:

Algunos elementos de carácter parlamentario en la Constitución de 1917. “El Supremo Poder de la Federación se divide, para su ejercicio, en Legislativo, Ejecutivo y Judicial”, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 49.

Explicación:

espero que te ayude a ti y a los demas


mafer1250998: gracias:3
jenniferyelinarojasg: de nada
mafer1250998: :3
Respuesta dada por: joharialanna
1

Respuesta:

El principio de la división de poderes es un pilar fundador de la Constitución del Estado moderno, político (en el sentido de Estado cuyo poder está por encima de todos los poderes particulares que existen en el seno de la sociedad o, para decirlo de otra manera, el interés general que siempre debe prevalecer sobre cualquier poder particular o privado).

Se ha definido de muchas maneras, por lo común, atendiendo a sus múltiples significados particulares. Se dice, por ejemplo, que es una racional división del trabajo dentro del Estado; también se dice que es un principio que permite ampliar a su máximo la acción del Estado; se agrega que la división de poderes permite la publicidad de los actos del Estado democrático, a diferencia del Estado absolutista que hace todo en secreto y a espaldas de la ciudadanía; luego se dice que dicha división de poderes es una forma de garantizar que las decisiones políticas se tomen en colectivo y no individualmente, aunque muchas de tales decisiones las tenga que pronunciar un solo individuo, pero según lo establezca la ley y de acuerdo con las funciones que competen a los otros poderes; se puede postular, además, que la división de poderes mira a realizar un ejercicio del poder que sea, a la vez, equitativo y justo.


mafer1250998: gracias también :3
joharialanna: si, denada
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