Respuestas
Respuesta:
creo q es esto amig@
Explicación:
Si se habla de estados de excepción la referencia se hace a un derecho de excepción destinado a regir en situaciones de anormalidad, ya sea política, económica o social, nacional o internacional, y cuyo efecto incide, principalmente, en ampliar las facultades de la autoridad política y administrativa para restringir, limitar o suspender los derechos individuales o sociales. El derecho aún en situaciones de plena normalidad se encuentra sujeto a algunas limitaciones en aras de una sana convivencia social. (El derecho de los demás y la protección de ciertos bienes jurídicos como son el orden público, la moral y las buenas costumbres). Por lo tanto, con mayor razón, podrá en ciertas emergencias (guerra externa; guerra interna o conmoción interior; casos graves de alteración del orden público; daño o peligro para la seguridad nacional y calamidad pública) restringirse el ejercicio de los derechos fundamentales, transitoriamente, para la búsqueda del pronto restablecimiento de la normalidad.
Respuesta:
espero ayudarte
Explicación:
Cuando lo exija la seguridad del Estado, puede el Poder Ejecutivo suspender, total o parcialmente, en todo o en parte del territorio nacional, los derechos declarados en los incisos 8, 10 y 11 del Ar- tículo 2º y parágrafo g) del inciso 23 del mismo articulo.