Respuestas
Respuesta dada por:
3
Respuesta:
Para la RAE, tradicionalmente, la transitividad es una propiedad de los verbos, no de las oraciones: “transitivo es el verbo cuya acción recae o puede recaer en la persona o cosa que es término o complemento de oración”, en tanto que intransitivo es aquel verbo cuya acción no se pasa de una persona o cosa a otra.
Preguntas similares
hace 3 años
hace 3 años
hace 3 años
hace 6 años
hace 8 años
hace 8 años