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5
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Cuando la Ley de Justicia Alternativa habla de los mecanismos alternativos de resolución de controversias en particular,25 señala a la mediación, conciliación y justicia restaurativa, sin especificar cuándo se aplicará uno y cuándo se utilizará otro.
Explicación:
NahomyVillazar:
Gracias
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6
Explicación:
MECANISMOS ALTERNATIVOS: LA MEDIACIÓN, LA CONCILIACIÓN Y LA JUNTA RESTAURATIVA; X. ÓRGANO: LA INSTITUCIÓN ESPECIALIZADA EN MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS EN MATERIA PENAM DE LA FEDERACIÓN O DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS; XI.
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