• Asignatura: Historia
  • Autor: MarylandArmendariz
  • hace 5 años

pacto internacional de derechos civiles y políticos que dijo para la prevención de la discriminación en 1966? ​

Respuestas

Respuesta dada por: 090504natalia
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Respuesta:

Explicación:

Pactos Internacionales de 1966

Presentación

El 16 de diciembre de 1966 la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó dos pactos en su resolución 2200 A (XXI): el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC). Estos pactos son un refuerzo a la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948.

¿Qué son los derechos civiles y políticos?

Los Derechos Civiles y Políticos son derechos humanos, considerados también como «derechos de libertad». Asimismo, estos derechos implican una abstención de la intervención del Estado en la libertad de todo ser humano.

Históricamente, estos derechos permitieron el reconocimiento del ser humano y sus libertades, especialmente con los derechos a la ciudadanía y a la protección de la integridad física. Además existen la libertad individual, la libertad de expresión y pensamiento, la prohibición de la tortura y la esclavitud, el derecho a votar.

¿Qué son los Derechos Económicos, Sociales y Culturales?

Los Derechos Económicos, Sociales y Culturales son derechos humanos considerados como «obligaciones de deuda», lo que significa que el Estado tiene que intervenir y tomar las medidas adecuadas para garantizar su aplicación (contrario a los derechos civiles y políticos).

Estos derechos garantizan a todo ser humano un nivel de vida adecuado y promueven la mejora continua de las condiciones de vida. Incluyen también los derechos a la salud, la educación, el trabajo, la seguridad social.

La adopción de los pactos

Desde el 10 de diciembre de 1948, con la adopción de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Asamblea General pidió al Comité de Derechos Humanos preparar un proyecto de pacto.

El objetivo era escribir un texto que tuviera fuerza jurídica para completar y reforzar la Declaración, que sólo tenía un valor declaratorio. Este texto debería reunir todos los derechos humanos (económicos, civiles, políticos, sociales y culturales) y la igualdad de género para el usufructo de estos derechos.

El desarrollo de este proyecto se caracterizó por un profundo desacuerdo entre los Estados, reflejando los debates ideológicos de la época. Mientras que los Estados capitalistas promovían los derechos de libertad, los Estados comunistas insistieron en los derechos económicos, sociales y culturales.

Esta escisión entre los Estados obligó a que en 1951 la Asamblea General pidiera la redacción de dos pactos diferentes. Seguidamente, la comisión elaboró un pacto de Derechos Civiles y Políticos y otro sobre los Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

A pesar de la persistencia de los desacuerdos entre los Estados, ambos pactos fueron aprobados el 16 de diciembre de 1966.

Después de una espera de 10 años, ambos pactos entraron en vigor en 1976. El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales el 3 de enero, y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos el 23 de marzo.

El contenido de los pactos

Estos pactos conforman, junto con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la «Carta de los Derechos Humanos». Estos son los tres textos fundamentales que protegen los derechos humanos.

Ambos pactos tienen disposiciones colaborativas, en particular el preámbulo, que establece que los dos pactos de derechos son indivisibles.

El principio de indivisibilidad e interdependencia de los derechos humanos sería solemnemente establecido en la Declaración y en el Programa de Acción de Viena, adoptados el 25 de junio de 1993 en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos.

Ambos pactos promueven el derecho a la autodeterminación y la equidad de género en cuanto al acceso a los derechos humanos fundamentales (artículo 3).

El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos protege especialmente:

El derecho a la vida (artículo 6);

La prohibición de la tortura u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes (artículo 7);

La prohibición de la esclavitud (artículo 8);

El derecho a la libertad y a la seguridad de la persona, en la forma de protección contra el arresto y la detención arbitraria (artículo 9);

La equidad procesal ante la ley, en la forma de los derechos al debido proceso (artículo 14);

La libertad individual, en la forma de libertad de movimiento, pensamiento, expresión, conciencia y religión (artículo 18);

El derecho a elegir y ser elegido por sufragio universal directo (artículo 25).

El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales protege especialmente:

El derecho al trabajo (artículo 6);

El derecho a un adecuado nivel de vida (artículo 11);

El derecho a la buena salud (artículo 12);

El derecho a la educación (artículo 13);

El derecho a la educación primaria universal gratuita (artículo 14)

Los derechos culturales (artículo 15).

La participación de los pactos en los Derechos del Niño

Respuesta dada por: maxisanchez0117
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Respuesta:

El 16 de diciembre de 1966 la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó dos pactos en su resolución 2200 A (XXI): el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC). Estos pactos son un refuerzo a la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948.

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