• Asignatura: Derecho
  • Autor: juanisaiasb82
  • hace 5 años

Se dice de la persona que se rige por sus propias normas.


ayudaaaaaa


yr20060067: que es libre

Respuestas

Respuesta dada por: alexissolissolis19
1

Respuesta:

es un concepto jurídico de las personas y sus revelencias


juanisaiasb82: Pero qué es?
pabloalexanderrivasi: Autonoma
pabloalexanderrivasi: O autonomía
Respuesta dada por: kimcami27
3

Respuesta:

Si. Porq El lenguaje y la historia registran diversos tipos de normas dirigidas a la conducta humana: moral, derecho, reglas del trato social (decencia, decoro, cortesía, etiqueta, etc.), mandatos de pura fuerza. Veremos cómo en cada uno de esos tipos de reglas late un sentido diverso; cómo cada uno de esos tipos de normación tiene esencialmente una peculiar y privativa intencionalidad; cómo cada uno de esos tipos de regulación de la conducta apunta a unos valores correspondientes. Indagar la diferencia esencial entre derecho y moral, entre derecho y reglas del trato social, y entre derecho y mandatos de pura fuerza, consistirá en explicar cuál es el peculiar sentido propio de cada uno de esos tipos de normas.

Pero no hay que confundir la especial esencialidad de cada una de esas normas (moral, reglas del trato social, derecho, mandatos de pura fuerza) con las manifestaciones a través de la cual se nos revelen dichas normas. Porque, según se va a ver en seguida, ocurre que normas por entero distintas, de sentido esencialmente diverso, se manifiestan de manera similar. Así, a través del uso, de los usos, pueden manifestarse lo mismo normas morales, como también normas del trato social, como también normas jurídicas. Y las normas jurídicas, además de hacerse patentes en usos (Derecho consuetudinario), pueden manifestarse -y se manifiestan todavía en mayor volumen- mediante disposiciones legislativas y reglamentarias y mediante fallos de los tribunales. Y las normas de la moral pueden manifestarse mucho más pura y noblemente a través de la conciencia estrictamente individual.

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