Respuestas
Respuesta:Contrato celebrado entre un empleador y un grupo de trabajadores representado por uno de ellos que actúa como director o jefe de equipo para desarrollar una actividad o tareas comunes al equipo o grupo.
La relación laboral se establece entre el empleador y cada uno de los trabajadores del equipo. Cada uno tiene los derechos y obligaciones de todo contrato de trabajo.
El director o jefe del equipo debe:
Elegir a las personas del equipo, salvo que por las características del trabajo a realizar sea necesario designarlas de antemano y lo haga el empleador.
Designar al reemplazante cuando alguno de los trabajadores deje el equipo, proponiendo el nuevo integrante a la aceptación del empleador, si ello resultare indispensable en razón de la modalidad de las tareas a efectuarse y a las calidades personales exigidas en la integración del grupo.
Acordar con el empleador el monto de la remuneración. Si se fija un monto colectivo, debe determinar su distribución entre los integrantes del grupo.
El trabajador que se hubiese retirado tendrá derecho a la liquidación de la participación que le corresponda en el trabajo ya realizado.
La Ley de Contrato de Trabajo establece que el contrato por el cual una sociedad, asociación, comunidad o grupo de personas se obligue a prestar servicios, obras o a desarrollar tareas propias de una relación de trabajo a favor de un tercero, en forma permanente y exclusiva, será considerado contrato de trabajo por equipo y cada uno de sus integrantes, trabajador dependiente del tercero a quien se le presta efectivamente el servicio.