Respuestas
Respuesta:
nosotros mismos por que debemos defender nuestros derechos como personas
dame coronita:)
Artículo 2.1. G.G, menciona la manera en cómo se concibe a la persona, es decir, tal como actúa. Con lo cual se aprecia que el Artículo 2.1. G.G[60] tiene una idea esencial del Artículo 1.1. GG como motivo y núcleo: la garantía del libre desarrollo de la personalidad, responde en última instancia a la dignidad de la persona, con lo cual se aprecia que el Artículo 2.1. GG no permite que se vea afectada la libertad personal.
Por ello, la Ley Fundamental no muestra a la dignidad humana como una obligación del Estado frente a una necesidad material, pues lo que intenta proteger es la garantía de la dignidad de aquellas agresiones que pueda sufrir el ser humano, como pueden ser humillaciones, estigmatizaciones, persecuciones, etc.