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RESUMEN: Este trabajo explora las relaciones entre la libertad metafísica y la jurídica. La primera, aun cuando se le considera
como una necesidad para el ser humano, es
cuestionada por el mecanicismo; la segunda
se reduce a lo permitido, lo ordenado y lo
prohibido por las normas jurídicas, concibiéndose históricamente como una libertad
negativa. Sin embargo, si a pesar de algunas
asimetrías existe una relación con la libertad metafísica deberá entenderse al derecho
como afirmando la libertad positiva que
propicia el florecimiento de las personas. En
esta línea, se propone una lectura creativa de
la Constitución y de tres tipos de libertades
que ésta protege, a saber, la libertad religiosa, la de expresión y la de movimiento. Partiendo de la obligación del Estado a impartir
educación, según las especificaciones constitucionales, encontraremos que de cumplirse este artículo se dotaría de capacidades y
disposiciones a las personas para resistir a
cualquier persona o institución que quiera
restringir o eliminar sus libertades; más aun,
al afirmar esa libertad en una forma creativa
se propiciará su florecimiento.