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El mes de marzo del presente año marcó el inicio del mayor impacto social y económico en el país en los últimos años. Entre dichas disposiciones se encuentra el Decreto de Urgencia N° 026-2020, que introdujo el concepto de Trabajo Remoto en el desarrollo de las labores dependientes, posteriormente complementado por el Decreto Supremo N° 010-2020-TR y la Resolución Ministerial N° 072-2020-TR. La vigencia de la modalidad de empleo bajo comentario se encuentra ligada a la vigencia de la Emergencia Sanitaria impuesta por el Estado Peruano desde el 11 de marzo de 2020, misma que, a la fecha, tiene proyectado su término el día 7 de setiembre de 2020.
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