Respuestas
Respuesta:
En el entorno laboral se produce la exposición de los trabajadores a diferentes tipos de riesgos. Entre
ellos, las condiciones ambientales del trabajo conllevan la exposición a riesgos físicos asociados a las
condiciones climáticas.
Se consideran fenómenos meteorológicos adversos los eventos atmosféricos capaces de producir, directa o indirectamente, daños a las personas o daños materiales de consideración. Según la Agencia
Estatal de Meteorología (AEMET), en un sentido menos restringido, también puede considerarse como
tal cualquier fenómeno susceptible de alterar la actividad humana de forma significativa en un ámbito
espacial determinado.
En el sector de la construcción y, en particular en obra civil, la exposición a condiciones climatológicas adquiere una gran relevancia, puesto que muchas de las tareas se realizan a la intemperie, lo que supone que
los trabajadores estén expuestos durante una parte de la jornada laboral a condiciones muy variables y,
en algunos casos, extremas, como frío o calor intenso, viento, lluvia, radiaciones solares, etc.
Existen numerosos daños que pueden derivarse de este tipo de fenómenos, desde caídas por resbalones, hasta aplastamientos, contactos eléctricos, quemaduras, insolaciones, etc., especialmente cuando
se alcanzan valores extremos. Se trata de riesgos que deben tenerse en cuenta tanto en la evaluación
de riesgos como en la planificación de las actividades preventivas de cada empresa que, si bien en la
mayor parte de los casos no pueden evitarse, sí es posible tomar medidas preventivas para minimizar
sus efectos y evitar daños a la salud de los trabajadores.
Explicación:
corona pliss