Respuestas
Respuesta:
hasta encontrar a un hombre vivo que
sería el heredero legítimo. Entre los
romanos, ya en tiempo de Justiniano,
estas leyes eran consideradas inicuas y
excesivamente rigurosas, aún cuando
hemos de señalar que eran lógicas en
extremo en cuanto que representaban
el principio de que la herencia estaba
... el hombre de las
antiguas edades...
llegó de un solo golpe
y por virtud única de
sus creencias, a
la concepción del
derecho de
propiedad, de ese
derecho que hace
surgir toda
civilización...
LA HERENCIA EN EL MUNDO ANTIGÜO...
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asociada indefectiblemente al culto religioso, y eran estos principios y no los
jurídicos propiamente dichos, los que
normaban esa herencia.
Es por ello que el derecho de testar,
es decir de disponer de los bienes tras
la muerte para transferirlos a otro que
no fuera el heredero natural, estaba en
oposición con las creencias religiosas de
la antigüedad, que eran el fundamento
del derecho de propiedad y del derecho
de sucesión en aquel entonces. Siendo
la propiedad inherente al culto y siendo
éste hereditario, no era lógico pensar
que se pudiese formular testamento
que contrariara esos principios, pues la
propiedad no era del individuo sino de
la familia, ya que no se había adquirido
con el derecho del trabajo, sino por el
culto doméstico. La voluntad del muerto
no era la que determinaba el destino del
patrimonio, sino las reglas superiores
que la religión había establecido. Es por
ello que el antiguo derecho desconocía
el testamento y el derecho ateniense lo
prohibió hasta Solón y aún éste, sólo lo
permitió para quienes no dejaban hijos.
En Esparta era totalmente desconocido
el testamento, hasta después de la guerra
del Peloponeso. Y Corinto y Tebas
estaban en igual circunstancia. Platón
describe claramente esta circunstancia
en su Tratado de las Leyes cuando narra
que un hombre en su lecho de muerte
pide la facultad de hacer testamento
exclamando:
“Oh dioses! ¿No es fuerte cosa que no
pueda disponer de mis bienes como yo
quiera y en beneficio de quien me agrade,
dejando a éste más, menos a aquél, según
la adhesión que me han mostrado? Contestándole el legislador: “Tú, que no puedes
prometerte más de un día; tú que no haces
mas que pasar por aquí, ¿está bien que
decidas en tales cuestiones? No eres dueño
de tus bienes ni de ti mismo, tú y tus bienes,
todo ello pertenece a tu familia, es decir, a
tus antepasados y a tu posteridad”.
La facultad de testar no estaba, pues,
plenamente reconocida al hombre, ni
podía estarlo en tanto que esta sociedad
permaneciese bajo el imperio de la antigua religión. En las creencias de aquellas antiguas edades, el hombre vivo
sólo era el representante, por algunos
años, de un ser constante e inmortal: la
familia. Sólo en depósito tenía el culto
y la propiedad; su derecho sobre ellos
cesaba con su vid
Explicación: