Respuestas
Respuesta:
La mencionada norma sufrió una modificación mediante la Ley Nº 30171 publicada el año 2014, en la cual se agregó a los tipos penales acceso ilícito (artículo 2º), atentado a la integridad de datos informáticos y sistemas informáticos (artículos 3º y 4º), interceptación de datos informáticos (artículo 7º), fraude informático (artículo 8º) y abuso de mecanismos y dispositivos informáticos (artículo 10º) las palabras “deliberada e ilegítimamente”, reafirmando que dichos tipos penales se cometen de forma dolosa, y se derogó el artículo 6º que tipificaba el tráfico ilegal de datos.
Conclusiones:
Los delitos informáticos se encuentran establecidos en una ley especial, Ley Nº 30096- Ley de Delitos Informáticos.
La investigación en este tipo de delitos es llevada a cabo por el Ministerio Público con apoyo de la División de Investigación de Delitos de Alta Tecnología (DIVINDAT).
Los delitos que se comenten de forma más usual en nuestro país son los delitos de Fraude Informático y Suplantación de identidad.
Los principales fraudes informaticos que se pueden cometer en el E-commerce son clonación de tarjetas, transferencias electrónicas fraudulentas, compras por internet mediante informacion de tarjetas de crédito o débito, vishing, ransomware, smishing y phishing.
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