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Una historia del derecho a la salud no ha de ir muy atrás en el tiempo. En el modelo de protección de la salud del Estado liberal europeo decimonónico, el Estado se desentendía de la protección de la salud de las personas. El Estado únicamente se ocupaba globalmente de la salud pública (saneamiento, epidemias, etc.), pero los individuos accedían a las atenciones médicas según su capacidad para pagarlas. Esto suponía la virtual exclusión de la mayoría de la población de los cuidados médicos o de una atención mínimamente completa. Las únicas medidas de protección general pasaban por medidas de «beneficencia», bien por parte del Estado o bien privadas1. Eso sí, las condiciones insalubres de vida y trabajo derivadas de la urbanización de la población a raíz de la revolución industrial causaron serios problemas de salud e hicieron que este asunto formase parte destacada de la llamada «cuestión social»2.
A finales del siglo xrx en Alemania empieza a aplicarse un nuevo sistema, a veces llamado «modelo Bismark». En ese momento, aunque de forma embrionaria, se configuran las bases de un modelo de «seguridad social» (modelo que en España estará vigente hasta la aprobación de la Ley General de Sanidad en 1986). En el modelo de seguridad social, los trabajadores cotizan obligatoriamente una parte de su salario para constituir un fondo de seguro que los atiende a ellos y a sus familias. Según los países, la gestión se realiza por el Estado o por los sindicatos. Hay diferentes variantes, entre ellas la de reembolso, en la que los beneficiarios pagan la factura y después se les reembolsa. Este sistema deja a una parte de la población fuera de su cobertura, aunque en los países europeos que lo aplican se han ido arbitrando diferentes mecanismos de inclusión. En la actualidad es el modelo existente en centroeu-ropa: Alemania, Francia, Bélgica, Holanda y Austria. Resulta más barato que el modelo norteamericano, pero es más caro que los modelos basados en un Sistema Nacional de Salud. Igualmente, al facturar por uso, incentiva la sobreutilización de los servicios sanitarios.
El modelo más típicamente propio del «Estado de bienestar» de la segunda posguerra es el modelo de Sistema Nacional de Salud, o modelo «Beveridge» británico (denominado así por el informe Beveridge de 19423). Este es el modelo extendido en los países nórdicos europeos, Irlanda y, más recientemente, desde los años setenta y ochenta en los países del sur de Europa (Portugal, Italia, Grecia y -con ciertos matices- España). Se parte de la universalización del derecho a la asistencia sanitaria, del que se reconoce que son titulares todos los habitantes del país. El sistema tiene una financiación vía Presupuestos Generales -y por lo tanto vía impuestos- y generalmente la provisión de servicios es predominantemente pública, mediante dispositivos asistenciales propios del Sistema (aunque hay excepciones, como la asistencia primaria en Gran Bretaña) y la prestación de servicios es gratuita en el momento del uso (también con excepciones, pues en Dinamarca se paga una cantidad fija, aunque baja, por consulta)4.
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