Respuestas
Respuesta dada por:
1
Respuesta:
Art. 36 de la Constitución Nacional
(Incorporado por la Reforma de 1994)
Art. 36.- Esta Constitución mantendrá su imperio aun cuando se interrumpiera
su observancia por actos de fuerza contra el orden institucional y el sistema
democrático
Preguntas similares
hace 4 años
hace 4 años
hace 6 años
hace 6 años
hace 8 años