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El Principio de Inocencia: Siendo que nuestra Constitución Nacional afirma que ningún habitante de la Nación puede ser penado sin ´juicio previo´ fundado en ley anterior al hecho del proceso, ninguna duda cabe en el sentido que ese ´juicio previo´ es el que debe dar paso a una condena penal, sólo posible cuando quien la merezca haya sido declarado culpable en dicho proceso.
Explicación:
espero que te sirva
por favor dar corona, estrellitas, corazón
gracias
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