¿que otros documentos administrativos conoces?​

Respuestas

Respuesta dada por: Estudiante578
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Respuesta:

objeto de la acreditación,  Documentos administrativos de juicio

Explicación:

En función del objeto de la acreditación, se pueden clasificar en tres categorías:  

Acta: son documentos que acreditan hechos, circunstancias, juicios o acuerdos. Un ejemplo en la actividad administrativa lo encontramos en el acta de las reuniones de los órganos colegiados.  

Certificado: son documentos que dan fe de un hecho, del contenido de un documento o de las circunstancias que constan en un archivo o registro.  

Certificados producidos por silencio administrativo: son documentos que emite un órgano administrativo competente para dictar un acto expreso en un procedimiento administrativo y que acredita la existencia y los efectos de un acto administrativo producido por silencio administrativo.

Información General

Qué son los documentos administrativos

Los documentos administrativos son el resultado de la actividad administrativa que llevan a cabo los órganos de la Administración en el ejercicio de las funciones y competencias que le encomiendan las normas.

Cuáles son sus funciones

Tienen dos funciones principales:  

Constancia: aseguran la conservación de los actos de la Administración, acreditan sus efectos y garantizan el derecho de acceso y consulta a los mismos.

Comunicación: sirven como medio de comunicación de los actos de la Administración al ciudadano y a otros organismos públicos.

Clasificación de los documentos administrativos

 

Se pueden clasificar según el tipo de declaración que contienen:

 

Documentos administrativos de decisión

Contienen una declaración de voluntad de un órgano de la Administración.

Se distinguen dos categorías:

Acuerdo: recoge las decisiones de un órgano de la Administración a lo largo de la tramitación de un procedimiento administrativo y siempre anteriores a la resolución del mismo.

Resolución: recoge las decisiones de un órgano de la Administración y pone fin a un procedimiento administrativo.

Documentos administrativos de transmisión

Comunican la existencia de actos o hechos .

Hay dos clasificaciones:

1.- Por la relación que existe entre el emisor y el destinatario de la información:

Internos: Emisor y destinatario son órganos que pertenecen a una misma organización administrativa.

Externos: el destinatario  es un ciudadano o un órgano que pertenece a una organización administrativa diferente de aquella en la que está integrado el emisor.

2.- Por su contenido:  

Notificación: comunica al interesado/s en un procedimiento administrativo una resolución o un acuerdo que afecta a sus intereses y derechos.

Publicación: dar a conocer al interesado/s en un procedimiento administrativo una actuación de la Administración mediante su publicación  en un diario oficial, tablón de anuncios o medio de información.

Comunicación: destinado a poner en conocimiento de los ciudadanos hechos o circunstancias de un procedimiento administrativo.

Documentos administrativos de constancia

Tienen como finalidad la acreditación de actos, hechos o efectos.

En función del objeto de la acreditación, se pueden clasificar en tres categorías:  

Acta: son documentos que acreditan hechos, circunstancias, juicios o acuerdos. Un ejemplo en la actividad administrativa lo encontramos en el acta de las reuniones de los órganos colegiados.  

Certificado: son documentos que dan fe de un hecho, del contenido de un documento o de las circunstancias que constan en un archivo o registro.  

Certificados producidos por silencio administrativo: son documentos que emite un órgano administrativo competente para dictar un acto expreso en un procedimiento administrativo y que acredita la existencia y los efectos de un acto administrativo producido por silencio administrativo.

Documentos administrativos de juicio

Su finalidad es proporcionar a los órganos administrativos asesoramiento, datos, valoraciones y opiniones necesarios para la toma de decisiones.

Los documentos de juicio son generalmente denominados “informes”.

Hay distintas clasificaciones según el criterio utilizado:  

1.- Por la obligación de solicitarlos:

Informes preceptivos: es obligatorio solicitarlos porque así lo exige una norma.

Informes facultativos: no es obligatorio solicitarlos.

2.- Por la vinculación con su contenido:  

Informes vinculantes: obligan al órgano administrativo a resolver teniendo en cuenta el contenido del informe.

Informes no vinculantes: no obligan al órgano administrativo a resolver teniendo en cuenta el contenido del informe.

3.- Por el órgano que los emite:  

Informes internos: son los emitidos por la misma Administración de la que forma parte el órgano que los solicita.

Informes externos: son los emitidos por una Administración distinta de la del órgano que los solicita.

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