• Asignatura: Derecho
  • Autor: angeldemiguarda
  • hace 9 años


Ricardo Gómez viene prestando servicios en la empresa DIDACTICA, S.A., desde el 15 de octubre de 2005, como jefe de ventas. Si bien, desde el 10 de abril de 2011 se encuentra en situación incapacidad temporal por depresión. El día 20 de septiembre de 2011 Ricardo salió a comprar el periódico y se encontró con su amigo Alejandro Salinas quien le invitó a comer y a pasar el día en su nueva casa. Ricardo, aunque no se encontraba muy animado, tras la insistencia de su amigo, acudió agradecido. Lo cierto es que Alejandro acababa de comprar una casa que estaba reformando, por lo que Ricardo decidió ofrecerle su ayuda. Ésta consistió en cargar más de 20 sacos de cemento, así como otros materiales de construcción, que se encontraban almacenados en el exterior de la vivienda para introducirlos en la misma; operación que le ocupó aproximadamente dos horas.

Al día siguiente Ricardo decidió volver a la casa de su amigo para continuar prestándole su ayuda. A lo largo de la mañana retiró parte de los escombros que se encontraban en el interior de la vivienda y los depositó en un contenedor situado frente a la misma. Ese día, aunque estaba bastante agotado, Ricardo le dijo a su amigo Alejandro que si lo necesitaba para cualquier tipo de actividad relacionada con la reforma de su casa podía contar con él. Alejandro le indicó que la semana siguiente le llamaría para que siguiera ayudándole.

El día 28 de septiembre de 2011 Ricardo recibió una carta de despido, con efectos desde el día siguiente, en la que se señalaba que había realizado tareas incompatibles con su situación de incapacidad temporal, que habían impedido su recuperación y, por tanto, la consiguiente reincorporación a su puesto de trabajo. En concreto, se le imputaban los siguientes hechos corroborados por Doña. Esperanza Lozano, Gestora de Talento Humano:

“Haber conducido su vehículo propio el día 20 de septiembre de 2011 y haber realizado tareas de carga y descarga los días 20 y 21 del mismo mes”.

Rosa Silvano también viene prestando servicios en la misma empresa desde el 1 de febrero de 1988 en el cargo de auxiliar administrativo. El 27 de septiembre de 2011, uno de los trabajadores de la empresa comunicó al jefe de sección que su despacho había sido forzado y, además, que le habían robado un computador portátil que le había proporcionado la empresa para realizar su trabajo, así como material de oficina y varios objetos personales. El vigilante de seguridad de la empresa, que se encuentra situado en la puerta de salida de la misma, fue advertido ese día de la necesidad de revisar las carteras y bolsos de todos aquellos que entraran y salieran. Rosa, justo cuando salía de la empresa, fue requerida por el vigilante de seguridad para que le mostrara los objetos que ella misma portaba. En ese momento, sin oponer ningún tipo de resistencia, Rosa dejó encima de la mesa del vigilante de seguridad un paquete de folios, una carpeta, una caja de rotuladores y tres cuadernos; todo ello con sobres y fólderes de la empresa y marcados con el logotipo de la empresa y cuyo valor total ascendía a 720.000/pesos. A todos los empleados de la empresa se les había indicado la prohibición de utilizar material de oficina para su uso personal; aunque Rosa pensó que el hecho de que usara el citado material no podía tener demasiada importancia, sobre todo teniendo en cuenta su escaso valor.

Dos días más tarde, la empresa a la vista de lo establecido en el REGLAMENTO DE TRABAJO, en el que se tipifica este tipo de conductas como falta muy grave susceptibles de ser sancionadas con despido, traslado y suspensión del contrato, procedió ese mismo día, el 29 de septiembre de 2011, a comunicar su despido a Rosa.



CUESTIONES:

1. Determine en cada caso el tipo de despido, así como la procedencia, improcedencia o nulidad del mismo.
2. Si consideras legal el despido explique la justa causa argumentando ampliamente su respuesta si por el contrario Considera usted que no existen Justas Causas para dar por terminado los contratos a los empleados justifique entonces ampliamente su respuesta.
3. Cree usted que fue necesario sancionar e estos empleados, será que se hizo de acuerdo al Reglamento Interno, o al C.S.T., donde se encontraran consagradas estas conductas, la escala de sanciones, o Justas Causas, o donde se encuentran consagradas justifique ampliamente su respuesta.
4. Explique las indemnizaciones previstas en la Ley.
5. Defina Reglamento de Trabajo, y que debe contener este.
6. Para que será importante tener en una empresa Reglamento de Trabajo.

Respuestas

Respuesta dada por: ambientalarenas
19
Bueno, mi cargo no compete con derecho como tal pero soy encargado de la salud ocupacional de mi empresa asi que si te sirve te dare mis opiniones desde mi punto de vista:

1= En el primer caso el tipo de despido que se da, se da por que las prohibiciones y restricciones que se dan en una empresa basadas en un dictamen por medicos ocupacionales son de uso no solo dentro de la empresa sino tambien fuera de ella, en este caso Ricardo tenia una serie de restricciones y recomendaciones por las cuales no habia podido ser reubicado laboralmente ni mucho menos mantenerlo en el mismo puesto de trabajo para evitar que las lesiones crecieran en rango, al ser descubierto por la empresa se concidera una actividad grave ya que si se supone no es apto para realizar estas labores para la empresa y el las realiza fuera de ella se tomara al sentido que Ricardo estaba mintiendo de sus supuestos malestares o a futuro podria generar un problema economico para la empresa ya que si Ricardo empeora con sus sintomas y sigue en la empresa , esta debera responderle por todos los requisitos de ley por enfermedad laboral adquirida en la empresa.

* El caso de Rosa es un poco menos complejo, ya que debido a los requisitos que conforma la empresa, Rosa por pertenecer a esta se supone ya debia haber sido informada de las prohibiciones y derechos a los cuales tenia acceso y a cuales no, mientras exista un reglamento de trabajo ya dado en marcha por la empresa cualquier incumplimiento a este sera castigado segun la severidad que se le haya atribuido, en este caso si la falta era grave y asi estaba estipulada no habria por mucho que Rosa pudiese pelear en tribunal debido a que los requisitos se supone ya han sido divulgados y dados en conocimiento de los empleados.

2= Ambos despidos se dieron con justas causas, aunque la falta de Rosa fue castigada con mucha severidad ya que no logro salir con estos archivos, por ovias razones fue descubierta en que ya lo habia hecho en diversas ocaciones, el de Ricardo por incumplimiento de sus restricciones es un caso que aunque se puede explicar en pocas palabras, vale la pena reafirmar que se encontraba en un estado en el cual el no podia por mandato de un "MEDICO OCUPACIONAL" realizar este tipo de actividades y la empresa al saber de esto no se arriesgo a tener un empleado que posiblemente generara costos sustanciosos para ellos.

3= En este caso como te decia anteriormente, para Rosa quizas fue un poco exagerada la sancion ya que se pudieron tomar medidas de advertencia antes de un despido aunque fue con justa causa es cosa de su jefe el inmediato despido pero si el reglamento lo contemplaba como una falta grave no hay mucho que hacer ante esto. En cuanto a Ricardo digamos que no tuvo una falta grave si no gravisisisisisima, ya que las restricciones que da un medico ocupacional son sagradas en el sentido de que la empresa debe hacer lo posible para ayudarlo en su recuperacion o en detener el daño ya provocado por su labor pero en este caso la empresa hizo y cumplia con su parte, el que falto a sus deberes como empleado de la empresa fue Ricardo.

4= En este caso no podria darte una respuesta ya que encuanto a las leyes de indemnizaciones o pagos no estoy muy realicionado.

5= Reglamento interno de trabajo es una serie de puntualidades que deben ser cumplidas impuestas por la empresa para llevar un orden y un optimo trabajo, se realizan con el fin de que la empresa lleve una disciplina y se apliquen las faltas y las sanciones de cada una, es por esto que la divulgacion del reglamento interno de trabajo debe ser correctamente expuesta y dada a entender por todos y cada uno de los trabajadores por que es una herramienta que utilizaran mutuamente los "obreros, zona administrativa, y los altos mandos de la empresa" para hacer valer sus derechos y deberes dentro y fuera de la empresa en algunos aspectos.

6= Mira lo mas importante de tener el reglamento interno de trabajo en la empresa es proponer una serie de condiciones en donde se den a entender los derechos y los deberes de todos los integrantes de la empresa que cumplan con la mision de la misma, asi como tambien las sanciones de las faltas y las condiciones de trabajo que se les interpondran en casos anexos.

ESPERO TE SEA DE MUCHA UTILIDAD, FUE UN GUSTO COLABORARTE CON ESTE RETO, ESPERO PUEDAS COMPLEMENTAR CON MUCHA MAS INFORMACION.
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