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El derecho a la salud se encuentra consagrado en los diversos tratados internacionales con jerarquía constitucional, en la Constitución Nacional (CN) y en general en las constituciones provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), y está directamente vinculado con la satisfacción del derecho a la vida, a necesidades de alimentación, vivienda, trabajo, educación, vestido, cultura y ambiente. Se considera el derecho a la salud un concepto de índole integral, por lo tanto se señala el carácter de complementariedad de sus dimensiones, así como su interdependencia: se estará violando el derecho a la salud de una persona en la medida en que alguno de sus aspectos no sea respetado.
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