el articulo 36 de la costitucion dise ​

Respuestas

Respuesta dada por: yess200523
6

Respuesta:

veras

Explicación:

Artículo 36.

I. Inscribirse en el catastro de la municipalidad, manifestando la propiedad que el mismo ciudadano tenga, la industria, profesión o trabajo de que subsista; así como también inscribirse en el registro nacional de ciudadanos, en los términos que determinen las leyes.


leslyzambrano2008: ok gracias ❣️
Respuesta dada por: jhoselyn145
4

Respuesta:

Asilo político. El Estado reconoce el asilo político. Acepta la calificación del asilado que otorga el gobierno asilante

Explicación:

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