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espero te sirva dame coronita porfa
Explicación:
Un camino, en sentido lato, designa toda vía de comunicación entre dos puntos; en su sentido restringido y más usado, se aplica a las vías terrestres de comunicación.
Los caminos son bienes de dominio público de la nación, provincia o municipio, y de aprovechamiento común. Naturaleza que, así como la cualidad de ser impresquitibles, se les reconoce desde antiguo.1
Las funciones de la Administración pública con respecto a los caminos pueden reducirse a tres:
construirlos y repararlos
conservar su propiedad
regular el aprovechamiento común
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