• Asignatura: Derecho
  • Autor: hilarypaola
  • hace 5 años

artículo 103 de la Constitución de Venezuela ​


M0r329: habia que hacer un resumen o buscar solo elarticulo?
M0r329: el articulo-

Respuestas

Respuesta dada por: M0r329
4

Respuesta:

Artículo 103 Toda persona tiene derecho a una educación integral de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones. La educación es obligatoria en todos sus niveles, desde el maternal hasta el nivel medio diversificado.

Explicación:

Respuesta dada por: olqc16
3

Respuesta:Artículo 103. Toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente,

en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus

aptitudes, vocación y aspiraciones. La educación es obligatoria en todos sus niveles, desde el

maternal hasta el nivel medio diversificado. La impartida en las instituciones del Estado es

gratuita hasta el pregrado universitario. A tal fin, el Estado realizará una inversión prioritaria, de

conformidad con las recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas. El Estado

creará y sostendrá instituciones y servicios suficientemente dotados para asegurar el acceso,

permanencia y culminación en el sistema educativo. La ley garantizará igual atención a las

personas con necesidades especiales o con discapacidad y a quienes se encuentren privados

o privadas de su libertad o carezcan de condiciones básicas para su incorporación y

permanencia en el sistema educativo.

Explicación:) espero que te sirva

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