• Asignatura: Historia
  • Autor: patitoalabrasa
  • hace 4 años

¿Qué nos dice el Código Civil Peruano en el Artículo 161 y 162?​

Respuestas

Respuesta dada por: milenaveronagustina
4

Respuesta:

Que la Ley Nº 23403 creó la Comisión Revisora del Proyecto de Código Civil preparado por la

Comisión establecida mediante Decreto Supremo Nº 95 de 1 de marzo de 1965, y, al mismo

tiempo, facultó al Poder Ejecutivo para que, dentro del presente período constitucional y mediante

Decreto Legislativo, promulgue el nuevo Código Civil, con cargo de fijar la fecha en que éste debe

entrar en vigencia;

Que el artículo 2 de la Ley Nº 23756 dispuso, con la finalidad expresada en su artículo 1, que el

nuevo Código Civil podrá ampliar, modificar o derogar disposiciones de códigos u otras leyes

diferentes al Código Civil de 1936, en los términos del Proyecto que apruebe la Comisión Revisora

creada por la Ley Nº 23403;

Que la mencionada Comisión Revisora ha presentado, para su promulgación, el Proyecto del

nuevo CÓDIGO CIVIL, aprobado por ella de conformidad con la Ley Nº 23403 y el artículo 2 de la

Ley Nº 23756

Explicación:

Respuesta dada por: sharon020498ow6ela
0

Respuesta:

Explicación:

Que la Ley Nº 23403 creó la Comisión Revisora del Proyecto de Código Civil preparado por la

Comisión establecida mediante Decreto Supremo Nº 95 de 1 de marzo de 1965, y, al mismo

tiempo, facultó al Poder Ejecutivo para que, dentro del presente período constitucional y mediante

Decreto Legislativo, promulgue el nuevo Código Civil, con cargo de fijar la fecha en que éste debe

entrar en vigencia;

Que el artículo 2 de la Ley Nº 23756 dispuso, con la finalidad expresada en su artículo 1, que el

nuevo Código Civil podrá ampliar, modificar o derogar disposiciones de códigos u otras leyes

diferentes al Código Civil de 1936, en los términos del Proyecto que apruebe la Comisión Revisora

creada por la Ley Nº 23403;

Que la mencionada Comisión Revisora ha presentado, para su promulgación, el Proyecto del

nuevo CÓDIGO CIVIL, aprobado por ella de conformidad con la Ley Nº 23403 y el artículo 2 de la

Ley Nº 23756

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