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Respuesta:
El artículo analiza comparativamente la participación de las mujeres en las cofradías y las fiestas religiosas. Revela que a fines del periodo colonial, las mujeres indígenas del mundo rural son distintas a las mujeres españolas de la élite y a las mujeres mestizas e indias del casco urbano, pues existe entre ellas una distancia entre sí, establecida no solo por las diferencias económicas y culturales (Bourdieu 200: 116) sino, también, por las diferencias étnicas. Las campesinas indígenas de Purmamarca, Tumbaya o Cholacor se regodean en libertad, y a veces alcoholizadas, en los espacios públicos del trabajo junto a los hombres, y cantan con autoridad periódica en las fiestas religiosas. En cambio, las campesinas del ejido y las chicheras indígenas que trabajan en la plaza de San Salvador de Jujuy solo pueden alzar su letanía en los coros de las cofradías religiosas, en la vida familiar o en el trabajo en espacios públicos, lugares también habilitados y controlados por el hombre.
Explicación:
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Derecho a la Vida, a la integridad física psíquica y social y a la seguridad de la persona. Derecho a la igualdad y a la no discriminación. Derecho a la privacidad. Derecho a la libre información y a la educación.
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Esto fue lo que encontre en internet, dame corona