• Asignatura: Derecho
  • Autor: danielcondedeandres
  • hace 5 años

Hola, si me ayudais a hacer esta practicaos estaria agradecido
En el proceso judicial de divorcio entre doña Pepa y don Avelino, a mediados de 2013, el juez fijó a favor de la primera una pensión compensatoria de 1.500 euros mensuales. Unos meses después, a comienzos de 2014, don Avelino presenta una demanda de modificación de medidas (en virtud del cauce establecido en el art. 775 LEC) solicitando la extinción, o en su defecto, reducción de dicha pensión, al entender que se ha producido una variación sustancial de las condiciones tenidas en cuenta en su día para fijar dicha pensión.
En concreto, alega que doña Pepa ha rehecho su vida y mantiene otra relación sentimental, de modo que no existe ya ningún desequilibrio económico, y para acreditar esa relación, aporta en el acto de la vista un informe del detective privado don Genaro sobre las actividades laborales realizadas por doña Pepa y sobre "verificación de convivencia con una nueva pareja sentimental" en el que incluye como una de las medidas utilizadas para dicho informe la instalación de un dispositivo de seguimiento GPS en el vehículo de don Evaristo (la nueva pareja sentimental de doña Pepa) entre los meses de septiembre de 2013 a enero de 2014, y entre los resultados de esos seguimientos, se señala en el folio 156 de dicho informe que "por el monitoreo de la baliza del "GPS" se constata que Evaristo pasa hasta alta horas de la madrugada en casa de la señora investigada".

CUESTIONES:
1. ¿Cuál es la base jurídica que permite aportar dicha prueba en un proceso civil de modificación de medidas tras un divorcio?
2. ¿Cuál es la base jurídica que regula esas actividades del señor don Genaro?
3. Como experto jurista, emita un INFORME JURÍDICO en el que analice si esa prueba (informe del detective privado) debe ser admitida o no, y por qué fundamentos, en el proceso de modificación de medidas.
4. ¿Habría alguna diferencia si los hechos y los seguimientos se hubieran producido en el año 2016?
5. ¿Cabe la posibilidad de ejercitar acciones judiciales contra el detective privado?, ¿cuáles y por qué motivos?

Gracias de antemano

Respuestas

Respuesta dada por: candealegretkd
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Explicación: te comento personalmente, que este ejercicio X es una situacion muy similar a las dichas reales, y como casi abogada y amiga te recomiendo que dejes la profesion..  yo asisti 3 años mas el cbc en derecho y esos 3 años fueron los mas largos y mas sufridos de mi vida cada simulacion de audiencias y juicios que duraban 75 minutos eran una eternidad y ahi me di cuenta que no era mi carrera y que mi vida no iba a ser de total abastecimiento.. hoy en dia tengo 46 años y le estoy haciendo la tarea a mi hija de 14, soy embajadora y me encanta lo que hago, y te reitero, si realmente te gusta esta carrera no pidas ayuda porque en el auditorio el juez no te va a dar pistas de ayuda. que te valla muy bien en la vida, hasta pronto joven.

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