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Respuesta:
a la salud,a la vida,a la educación,a una vida digna
Respuesta:
Declaración de los Derechos del Recién Nacido
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La declaración universal de los derechos humanos se refiere a todas las etapas de
la vida. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos.
1) La dignidad del recién nacido, como persona humana que es, es un valor
trascendente. Los neonatos deben ser protegidos de acuerdo con la Convención de
Derechos del Niño.
2) Todo recién nacido tiene derecho a la vida. Este derecho debe ser respetado por
todas las personas y gobiernos sin discriminación por razones de raza, sexo,
economía, lugar geográfico de nacimiento, religión u otras. Los Estados deberán
tomar las medidas adecuadas para que proteger a los niños frente a cualquier
discriminación.
3) Todo recién nacido tiene derecho a que su vida no se ponga en peligro por razones
culturales, políticas o religiosas. Nadie tiene derecho a realizar acciones que pongan
en riesgo la salud del recién nacido o que vulneren su integridad física, sea corto o
largo plazo. Bajo ningún pretexto están justificadas las mutilaciones.
4) Todo recién nacido tiene derecho a una correcta identificación y filiación, así como
a una nacionalidad. El Estado debe garantizar este derecho igual que a cualquier
otra persona en otras edades de la vida.
5) Todo recién nacido tiene derecho a recibir los cuidados sanitarios, afectivos y
sociales que le permitan un desarrollo óptimo físico, mental, espiritual, moral y
social en edades posteriores de la vida. La Sociedad es responsable de que se
cumplen todos los requisitos para que este derecho sea respetado. Ningún acto
médico debe realizarse sin el consentimiento informado de las padres, dada la
carencia de autonomía del recién nacido, quedando únicamente excluidas los
situaciones de emergencia, en las cuales el médico está obligado a actuar en defensa
del mejor interés del niño. Debe existir equidad en la atención y el rechazo
absoluto de toda discriminación, independientemente de la capacidad económica o
del nivel social.
6) Todo recién nacido tiene derecho a una correcta nutrición que garantice su
crecimiento. La lactancia materna debe ser promocionada y facilitada. Cuando no
sea posible que la madre lacte, sea por razones personales, físicas o psíquicas de la
misma, se debe posibilitar una correcta lactancia artificial.
7) Todo recién nacido tiene derecho a una correcta asistencia médica. Los neonatos
tienen derecho a disfrutar del más alto nivel de salud y a tener acceso a los servicios
médicos, de rehabilitación y de prevención. Los poderes públicos han de tomar las
medidas que sean necesarias orientadas a abolir las prácticas tradicionales
perjudiciales para la salud de los niños. Los gobiernos deben velar para que exista
una adecuada atención sanitaria tanto prenatal como postnatal.
8) La mujer embarazada, portadora de un feto con malformaciones incompatibles con
la vida, tiene el derecho a seguir su embarazo o bien optar por una interrupción,
dentro del marco legal de cada país. En el caso de que el feto llegue a término no
deben aplicarse al recién nacido medidas terapéuticas feticidas tras el nacimiento.
9) No debe intentarse hacer sobrevivir a un recién nacido cuando su inmadurez es
superior al límite inferior de viabilidad. En estos casos los padres deberán estar
informados y participar en las decisiones prenatales, siempre que ello sea posible.
Se tendrá en cuenta el ámbito geográfico, social y sanitario del lugar de nacimiento.
10) Todo recién nacido tiene derecho a beneficiarse de las medidas de seguridad y
protección social existentes en cada país. Este derecho hace referencia tanto a las
medidas de protección y cuidado de salud como a los ámbitos legales.
11) El recién nacido no podrá ser separado de sus padres contra la voluntad de éstos.
Sin embargo, en los casos en que exista evidencia de maltrato, y las circunstancias
indiquen un riesgo para la vida del recién nacido, se tomarán las medidas legales y
administrativas pertinentes para garantizar su protección, aún a costa de la
separación del niño de los padres. Esta norma se aplicará durante su permanencia
en el hospital.
12) Todo recién nacido tiene derecho a que, si es sujeto de adopción, esta se realice con
las máximas garantías posibles. En los países en los que se reconoce la adopción
deberán exigirse las garantías legales necesarias para asegurar que la adopción es
admisible, y en todo caso deberá prevalecer el interés del niño. En ningún caso
existe justificación para la venta de órganos.
13) Todo recién nacido y toda mujer embarazada tienen derecho a ser protegidos en los
países en los que existan conflictos armados. La lactancia materna debe ser
promovida y protegida en estas situaciones.
14) El recién nacido es una persona con sus derechos específicos, que no puede
reclamar ni exigir por razones de inmadurez física y mental. Estos derechos
imponen a la Sociedad un conjunto de obligaciones y responsabilidades que los
poderes públicos de todos los países deben hacer cumplir.
Explicación: