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Art. 41 de la CN: «Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo.
malaguenogianellacie:
eso ya puse :(( necesito eso dice cuál es el objeto tutelado o protegido por este art
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