• Asignatura: Historia
  • Autor: geronimodavilap5yk26
  • hace 5 años

CUÁL ES LA IMPORTANCIA DEL ORO PARA LOS QUIMBAYAS?

Respuestas

Respuesta dada por: monsalvodianachorlin
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Respuesta:

HOLA¡¡¡¡¡

COMENCEMOS

¿Qué significa el oro para los Quimbayas?

Se denomina Tesoro de los Quimbayas a un conjunto de objetos de oro y tumbaga encontrado formando parte del ajuar de dos tumbas de esta cultura precolombina, que fue regalado por el Gobierno colombiano a la Corona española a finales del siglo XIX.

Tesoro de los Quimbayas

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Se denomina Tesoro de los Quimbayas a un conjunto de objetos de oro y tumbaga encontrado formando parte del ajuar de dos tumbas de esta cultura precolombina, que fue regalado por el Gobierno colombiano a la Corona española a finales del siglo XIX. Hoy forma parte de las colecciones del Museo de América de Madrid (España), en el que se exhibe de forma permanente. Su importancia radica no solamente en el número de piezas que integran el conjunto, sino en su excepcional calidad artística y técnica, lo que las convierte en auténticas obras maestras del arte precolombino.

El descubrimiento del tesoro

El hallazgo de los objetos que formaban parte de estos enterramientos tuvo lugar en el año 1890 en el sitio de la Soledad, cerca de Filandia (corregimiento de Cartago en ese entonces), por un grupo de huaqueros (expoliadores de tumbas). Aunque las tumbas indígenas de este sitio de “la Soledad” ya eran conocidas por sus riquezas, el hallazgo de este conjunto en particular –calificado posteriormente como “Tesoro de los Quimbayas”– sin duda desbordó las expectativas de huaqueros, comerciantes y coleccionistas de aquel tiempo.1​ Las noticias que se suceden en la prensa desde el momento de la excavación del tesoro ponen de manifiesto el asombro y la admiración que había provocado. La calidad de este conjunto es tan espectacular, que se puede considerar como el principal tesoro americano hasta el descubrimiento de la tumba del señor de Sipán en Perú.

La huaquería en Colombia

Tocado para la cabeza, Tesoro de los Quimbayas.

Además de la mina de oro y de aluvión, en Colombia, el oro se extraía de las tumbas prehispánicas y era denominado “oro de huaca”. Durante el siglo XIX se desarrolla esta importante industria extractiva, reconocida en el Código de Minas colombiano hasta el año 1941.2​3​4​ Durante décadas la huaquería fue una profesión de la que vivían un número considerable de familias,5​ y estaba social y legalmente aceptada. La Ley de 13 de junio de 1833 sobre “hallazgos de tesoros” decretaba que “el oro y la plata y piedras preciosas que se encuentren en las sepulturas, templos, adoratorios y huacas de los indios corresponden íntegramente al inventor o inventores” es decir, a los descubridores,6​ por lo que la propia ley favorecía el expolio y le confería un marco legal. Al no existir una ley proteccionista sobre estos bienes arqueológicos, dependía del propio huaquero, del intermediario o del comprador final, el que estos objetos terminaran o no fundidos en lingotes, que lamentablemente solía ser el destino más habitual. Miles de kilos de oro labrado o trabajado por los artífices precolombinos terminaron de esta forma fundidos y perdidos para siempre por causa de esta “fiebre del oro” que no sólo se dio durante la época colonial, sino de forma especialmente intensa en el último cuarto del siglo XIX. No obstante, algunos otros conjuntos de objetos de oro quimbayas, menos numerosos que el Tesoro, pero también formados por tipologías similares como poporos antropomorfos, cascos y otros objetos, fueron adquiridos desde el último cuarto del XIX por diferentes museos europeos y coleccionistas particulares.

Así, es en este contexto de expansión minera, de colonización y de “empresas” dedicadas al expolio del patrimonio arqueológico con el reconocimiento de la legalidad de estas tareas, en el que se produce el descubrimiento del “Tesoro de los Quimbayas”.

Será la Ley 48 de 1918, casi 30 años después del hallazgo, la que declare los objetos precolombinos como pertenecientes a la historia patria y prohíba su destrucción y libre destino sin permiso del Ministerio de Instrucción Pública.7​ Pero habrá que esperar dos años más, a la Ley 47 de 1920, para que se apruebe una nueva ley que prohíba su salida del país sin autorización.4​8​

Explicación:

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