Respuestas
Respuesta:
sólo por traición a la patria
Respuesta:
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE ECUADOR DE 1830
Artículo 13.- Los derechos de ciudadanía se pierden por entrar al servicio de una nación enemiga, por naturalizarse en país extranjero, y por sentencia infamante. Y se suspenden, por deber a los fondos públicos en plazo cumplido; por causa cri-minal pendiente; por interdicción judicial: por ser va-go declarado, e-brio de costumbre, o deudor fallido; y por ena-jenación mental.
Se pierde la ciudadanía por traición y se suspende por deber a los fondos públicos en plazo cumplido; por causa cri-minal pendiente; por interdicción judicial: por ser va-go declarado, e-brio de costumbre, o deudor fallido; y por ena-jenación mental.
En la pregunta que nos hacen no nos dan la opción de traición, por ende la respuesta mas acertada seria:
- En la Constitución de 1830, la ciudadanía se podía perder por:
a. Ser cri-minal.
b. Ser al-co-hóli-co.
c. Ser un va-go declarado.
d. Ser ena-je-na-do mental.
e. Todas las anteriores
Explicación:
De nada :)
Espera, el resto de respuestas:
En la constitución de 1830, el rol de las fuerzas Armadas era:
b) Proteger el territorio y la población
En la constitución de 1830, el presidente de la republica era nombrado por:
c) El congreso de diputados
En la constitución de 1861, el presidente de la republica era nombrado por:
a) El voto popular