en la constitución de 1830 la ciudadanía se podía perder por

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Respuesta dada por: valeriatre04
8

Respuesta:

sólo por traición a la patria

Respuesta dada por: UsuarioXV
37

Respuesta:

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE ECUADOR DE 1830

Artículo 13.- Los derechos de ciudadanía se pierden por entrar al servicio de una nación enemiga, por naturalizarse en país extranjero, y por sentencia infamante. Y se suspenden, por deber a los fondos públicos en plazo cumplido; por causa cri-minal pendiente; por interdicción judicial: por ser va-go declarado, e-brio de costumbre, o deudor fallido; y por ena-jenación mental.

Se pierde la ciudadanía por traición y se suspende por deber a los fondos públicos en plazo cumplido; por causa cri-minal pendiente; por interdicción judicial: por ser va-go declarado, e-brio de costumbre, o deudor fallido; y por ena-jenación mental.

En la pregunta que nos hacen no nos dan la opción de traición, por ende la respuesta mas acertada seria:  

  • En la Constitución de 1830, la ciudadanía se podía perder por:

a. Ser cri-minal.

b. Ser al-co-hóli-co.

c. Ser un va-go declarado.

d. Ser ena-je-na-do mental.

e. Todas las anteriores

Explicación:

De nada :)

Espera, el resto de respuestas:

En la constitución de 1830, el rol de las fuerzas Armadas era:

b) Proteger el territorio y la población  

En la constitución de 1830, el presidente de la republica era nombrado por:

c) El congreso de diputados

En la constitución de 1861, el presidente de la republica era nombrado por:

a) El voto popular

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