Respuestas
Respuesta:
- Ser ciudadano en ejercicio y tener
DNI.
- Domiciliar en la provincia o distrito por
lo menos dos (2) años consecutivos
gozar del derecho de sufragio.
- Los extranjeros mayores de 18 con
residencia mayor de dos (2) años
consecutivos e inscritos en el registro
correspondiente pueden elegir y ser
elegidos, excepto en municipalidades
de frontera.
Respuesta:
Requisitos para ser elegido como mienbro municipal
Explicación:
Conforme a lo dispuesto por el artículo 40 de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de México, para ser diputado propietario o suplente se requiere:
I. Ser ciudadano del Estado en pleno ejercicio de sus derechos;
II. Ser mexiquense con residencia efectiva en su territorio no menor a un año o
vecino del mismo, con residencia efectiva en su territorio no menor a tres
años, anteriores al día de la elección;
III. No haber sido condenado por sentencia ejecutoriada por delito intencional
que merezca pena corporal;
IV. Tener 21 años cumplidos el día de la elección;
V. No ser ministro de algún culto religioso, a menos de que se separe formal,
material y definitivamente de su ministerio cuando menos 5 años antes del
día de la elección;
VI. No ser consejero presidente o consejero electoral, en los consejos distritales
o municipales del Instituto Electoral del Estado de México, salvo que se
hubiera separado del cargo dos años antes del día de la elección;
VII. No ser diputado local, diputado federal o senador en ejercicio;